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COVID-19 DECLARACIÓN DE ESTADO DE EMERGENCIA EN PORTUGAL

COVID-19 DECLARACIÓN DE ESTADO DE EMERGENCIA EN PORTUGAL

COVID-19 DECLARACIÓN DE ESTADO DE EMERGENCIA EN PORTUGAL

El 11 de Marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud calificó la emergencia de salud pública que afecta a todo el mundo, causada por la enfermedad COVID 19, como una pandemia.

La situación evoluciono de forma extremadamente rápida y todos los países fueron forzados a adoptar fuertes restricciones de derechos y libertades.

El 18 de Marzo de 2020, el Presidente de la República de Portugal declaro el estado de emergencia nacional por un período de dos semanas (Decreto de Presidencia n.º 14-A/2020). El estado de emergencia tuvo inició a las 00:00 horas del día 19 de Marzo de 2020 y fue entretanto prorrogado hasta el 17 de Abril de 2020.

El gobierno aplicó de nuevo el estado de emergencia por el Decreto nº 2-A/2020, y en consecuencia por el Decreto nº 2-B/2020.

El regímen de teletrabajo es ahora obligatorio para los trabajadores bajo todas las formas de contrato, en cuanto sus funciones lo permitan.

Hay un elenco de empresas y establecimientos que fueron obligados a cerrar, y un elenco de empresas y establecimientos que se deben mantener abiertos durante el estado de emergencia, tales como supermercados, tiendas de alimentación (fruterias, panaderias, carnicerias etc), tiendas de material y equipamento medico, servicios médicos, farmácias, establecimientos de productos cosméticos y de higiene, droguerias, ferreterias, veterinários, floristerías y establecimiento de venta de simientes, y otras actividades esenciales, todas ellas enunciadas en una lista anexa al texto legal.

Todas las actividades de prestación de servicios abiertas al público, no clasificadas como esenciales, son suspensas.

Los colégios y guarderias cerraron por determinación del Gobierno a partir de 13 de Marzo de 2020. Debido que los padres o encargados de educación no tenían posibilidad de comparecer al trabajo por causa del cierre de colégios y guarderias, el Gobierno estableció una justificación general de esas faltas y una compensación parcial de la retribución: la entidad patronal debe, en esos casos, y en relación al trabajador que se encuentre en esa situación legalmente definida, pagar 2/3 de su retribución bruta, siendo posteriormente reembolsado por la Seguridad Social la mitad de ese valor pago.

El Gobierno estableció moratórias para créditos concedidos a famílias y a pequeños negocios, y una extraordinaaria extensión en la atribución de subsidio de desempleo y otros benefícios sociales en los casos en que su atribución terminaria durante el período de estado de emergencia.

Fueron establecidas restricciones a la circulación de personas. Las personas que no estuvieran bajo la obligación de confinamiento o sean sujetos de un deber especial de protección apenas pueden circular en la via pública por una de las razones debidamente enumeradas en el texto legal, indicadas y entre otras:

  • para adquirir bienes o servicios;
  • para desempeñar actividades profesionales o equiparadas;
  • para buscar trabajo o responder a oferta de trabajo;
  • por motivos de salud;
  • para acogida de emergencia de victimas de violencia de género o trafico de seres humanos, bien como de niños y jovenes en riesgo y razones similares enumeradas;
  • para asistencia de personas vulnerables, personas con deficiência, hijos, padres, ancianos o dependientes;
  • para acogida de menores;
  • para desplazamientos de corta duración, a efectos de disfrute de momentos al aire libre, de actividades física (no colectiva) o para paseo de animales de compañia o alimentación de animales;
  • para frecuencia de establecimientos escolares y guarderias, en los casos autorizados;
  • para acciones de voluntariado social;
  • para participación en procesos judiciales;
  • para ir a correos, agencias bancarias, correctores de seguros y aseguradoras.

Todos los plazos procesales están suspensos, con excepción apenas de los procesos urgentes que se refieran a derechos fundamentales, tales como los casos de menores en riesgo y reos presos.

Fue establecida una protección excepcional y temporal de los arrendamientos inmobiliarios, siendo suspensa la producción de efectos de las denuncias de contratos de arrendamiento inmobiliario efectuadas por los propietarios y las ejecuciones de hipotecas sobre inmuebles que constituyan vivienda propia y permanente del ejecutado.

Fue establecido un regímen de flexibilización de los pagos a Hacienda y a la Seguridad Social, hasta el 30 de Junio de 2020, y los pagos diferidos podrán ser efectuados en prestaciones y sin intereses, bajo determinadas condiciones.

Todas las actividades religiosas y de culto que impliquen una aglomeración de personas están prohibidas.

Fueron establecidas e implementadas medidas de protección de los puestos de trabajo y de mitigación de crisis empresarial: una medida especial de conservación fue establecida para proteger los puestos de trabajo de las empresas que fueron obligadas a cerrar o a suspender sus actividades, o sufrieron un caída abrupta de un 40% o más en su facturación: estas entidades patronales podrán reducir las horas de trabajo de sus trabajadores o mismo suspender los contratos de trabajo, debiendo pagar a los trabajadores 2/3 de su retribución bruta, siendo el 70% de ese valor reembolsado por la Seguridad Social. Las medidas establecidas preveen también la formación profesional subsidiada por el Estado como opción o mismo como complemento de este regímen simplificado de Erte. Las entidades patronales que se beneficien de estas medidas tienen además la exención de contribuciones a la Seguridad Social referentes a los trabajadores incluídos, durante el período de duración de las medidas.

Las juntas generales de sociedades mercantiles, de asociaciones y cooperativas que debieran tener lugar hasta el 31 de Marzo podran realizarse hasta el 30 de Junio de 2020.

El Gobierno anunció también la disponibilización de cuatro líneas de crédito aseguradas por el sistema bancario a los sectores más afectados, como el valor de tres mil millones de euros. Esas líneas de crédito tendrán un variable entre el 1% y 1,5%, dependiendo de la madurez. La garantia dada por el Estado portugués no cubrirá el valor total del capital, pudiendo variar entre el 80 y 90%. Estas líneas de crédito tendrán un período de carencia en el reembolso en los primeros 12 meses, deberán ser amortizadas en el plazo máximo de 4 años, y se destina a los siguientes sectores.

  • Restauración y similares: 600 millones de euros (270 millones de euros para micro, pequeñas y medianas empresas);
  • Turismo – agentes de viajes, animación y organización de eventos y similares: 200 millones de euros (75 millones de euros para micro, pequeñas y medianas empresas);
  • Turismo – emprendimientos y alojamientos: 900 millones de euros (300 millones de euros para micro, pequeñas y medianas empresas);
  • Industria – textiles, confección, calzado, industrias mineras (pedreras) y sector de la madera y corcho: 1.300 millones de euros (400 millones de euros para micro, pequeñas y medianas empresas).

Esta ahora disponible para micro, pequeñas y medianas empresas una línea de crédito de 200 millones de euros, bajo las siguientes condiciones: 1,5 millón de euros de techo máximo por empresa, garantia hasta el 80%, con contrapartida del 100%, bonificación total de la comisión de garantia.

Las empresas candidatas deberán presentar una situación líquida positiva en el ultimo balance aprobado o, en el caso de presentar situación líquida negativa en el ultimo balance aprobado, podrán acceder a la línea caso que presenten esta situación regularizada en balance intercalra aprobado hasta la fecha de encuadramiento de la operación. No pueden tener incidentes no regularizados junto de la Banca, a la fecha de la contratación, y tiene que tener la situación contributiva regularizada, junto a la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social. Deben también declarar que en los últimos 30 dias anteriores a la fecha de la contratación de la operación el volumen de negocios se redujo por lo menos en un 20% ante el 30% de dias anteriores.

Muchos bancos lanzaron´líneas de crédito y medidas destinadas a las empresas afectadas.

El Gobierno aprobó también una moratória de seis meses, hasta el 30 de Septiembre de 2020, prohibiendo la revogación de las líneas de crédito contratadas, la prorrogación o la suspensión de los créditos hasta el final de este período, de forma a garantizar la continuidad del financiamiento a las famílias y empresas y a prevenir eventuales incumplimientos.

Finalmente, el Gobierno estableció un regímen excepcional y temporal de justificación de faltas al trabajo para la asistencia a la família y alteró las reglas generales de aplicación de los fondos europeos estructurales y de inversión, de forma a permitir la anticipación de los pedidos de pago en lo que respecta a saldos.