Se ha publicado en el Diario de la República el Decreto-Ley 53/2014, de 8 de Abril, que contiene medidas excepcionales y temporales visando facilitar y promover la rehabilitación de edificios o de fracciones cuya construcción tenga más de 30 años o localizados en áreas de rehabilitación urbana, destinados predominantemente a uso habitacional.
Se pretende dinamizar los centros históricos de los aglomerados urbanos y, simultáneamente, la actividad de la construcción, a través de la dispensa, por el período de siete años, de la observancia de disposiciones técnicas que son claramente más adaptadas a las nuevas construcciones de que a los edificios más antiguos, y que implican costes muchas veces insoportables que acaban por desanimar a los propietarios. Con esta medida, el Gobierno quiere dar prioridad al regreso de las poblaciones a los centros urbanos y privilegiar las operaciones de rehabilitación, conservación y reconstrucción, más adecuadas a la real situación del País.
Así, durante los próximos siete años, será dispensada la aplicación de varias normas relacionadas sobre todo con las dimensiones de las divisiones, con las infraestructuras de telecomunicaciones, con la instalación obligatoria de ascensores y otras normas relacionadas, lo que podrá significar una reducción considerable en los costes de rehabilitación y en el tiempo de ejecución de las obras.